El Corredor Público es un licenciado en derecho habilitado por el Ejecutivo Federal (por conducto de la Secretaría de Economía), a quien la Ley confiere facultades para actuar como: (i) Fedatario Público (propone, ajusta y otorga los actos y contratos comerciales, certifica los hechos mercantiles, efectúa cotejos y certificaciones de todo tipo de documentos mercantiles, constituye sociedades, protocoliza asambleas, realiza operaciones bursátiles, bancarias y financieras, etc.),; (ii) Perito Valuador de todo tipo de bienes, servicios, derechos y obligaciones (por citar algunos: terrenos, construcciones, maquinaria y equipo, negocios en marcha, valuación de acciones y de todo tipo de intangibles, etc…); (iii) Mediador (para transmitir e intercambiar propuestas entre las partes hasta la firma, en su caso, del contrato o convenio correspondiente); y, (iv) Árbitro o mediador de las controversias que se le planteen (como medios alternativos de solución de controversias).
Es importante mencionar que las facultades del Corredor Público para actuar como Perito Valuador, Mediador y Árbitro, las puede desempeñar libremente en todos los estados de la república. En lo que respecta el ejercicio de la fe pública que le es conferida para realizar, a petición de parte, notificaciones, interpelaciones, fe de hechos y protesto de documentos mercantiles (y demás que impliquen ejercicio de la Fe Pública mercantil de la que es depositario), las puede desempeñar únicamente dentro de la plaza en la que se encuentra habilitado, emitiendo al efecto un documento o instrumento público que hace prueba plena (Iuris et de iure).
Finalmente, es imprescindible mencionar que el Corredor Público es el profesionista avocado para intervenir en la celebración de los actos, contratos y convenios comerciales, al estar regulado este por el derecho federal a cuyo ámbito pertenecen, entre otros, el Código de Comercio, la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley de Aduanas, la legislación bancaria y bursátil, la Ley Agraria, la Ley de la Propiedad Industrial, la Ley la industria eléctrica...